En el día a día de la gestión de una comunidad de propietarios, es habitual que algún vecino quiera acceder a los datos de contacto de otros propietarios. Pero, ¿es legal facilitar esta información? ¿Qué dice la normativa de protección de datos al respecto?
Tratamiento de datos personales en comunidades de propietarios
Cuando se comparten datos como nombres, direcciones, teléfonos o correos electrónicos entre vecinos, se está realizando un tratamiento de datos personales. Por tanto, esta acción debe ajustarse al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDGDD), además de a lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal (LPH).
¿En qué casos puede compartirse esta información?
Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), un propietario puede solicitar ciertos datos de otros vecinos si existe un interés legítimo, por ejemplo, para garantizar el buen funcionamiento de la comunidad o convocar una junta. No obstante, este acceso debe respetar los principios de:
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Minimización de datos: solo se podrán facilitar los datos estrictamente necesarios.
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Limitación del tratamiento: la información no debe usarse para fines distintos a los justificados.
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Seguridad y confidencialidad: se deben aplicar medidas que eviten accesos indebidos.
Por ejemplo, si un vecino necesita contactar con otros propietarios para convocar una reunión, podría facilitarse su nombre, pero no su teléfono o dirección si no es imprescindible.
¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal?
La LPH permite incluir ciertos datos en convocatorias o actas, como el nombre de los propietarios morosos o de quienes participan en las votaciones. Sin embargo, no se pueden difundir otros datos innecesarios como correos electrónicos o teléfonos sin justificación.
El administrador de la finca debe custodiar la documentación de la comunidad y facilitar solo la información esencial para la consulta planteada, evitando el acceso generalizado a todos los registros.
Acceso a los datos de contacto de otros propietarios
Un vecino puede solicitar datos de otros propietarios, pero siempre con una finalidad legítima, en cumplimiento de la normativa vigente y limitándose únicamente a la información necesaria. Compartir más datos de los debidos puede vulnerar la legislación en materia de protección de datos.